Formación en el Ordo Virginum
En continuidad con la antigua tradición eclesial, el Ordo Consecrationis virginum diseña la figura del Obispo diocesano, no solo en su tarea de sacerdote dispensador de la gracia divina[74], sino también como maestro que indica y confirma el camino de la fe[75], y como pastor que cuida amorosamente de las personas que le han sido confiadas[76].
La solicitud pastoral hacia el Ordo virginum es parte del ministerio ordinario de enseñanza, de santificación, de enseñanza y de gobierno del Obispo diocesano bien sea con las consagradas y las mujeres que aspiran a recibir la consagración, bien sea con respecto al Ordo virginum de su Diócesis, como coetus de personas.
Sostiene la comunión entre las consagradas y el sentido de corresponsabilidad para la vitalidad de su testimonio eclesial promoviendo ocasiones de encuentro, iniciativas e itinerarios de formación comunes y acordando con las consagradas las modalidades con las que a nivel diocesano puede configurarse el servicio de comunión, teniendo en cuenta las circunstancias concretas. Anima también los contactos y la colaboración con las consagradas de otras Diócesis.
49. Comparte con las consagradas la atención a las consagradas que por edad, razones de salud u otras situaciones de dificultad, atraviesan momentos de grave sufrimiento o tribulación.
Teniendo en cuenta las costumbres y situaciones locales concretas, da indicaciones para que las consagradas aseguren la oración de sufragio por las difuntas, guarden la memoria y su testimonio de fe y de amor al Señor y, en la medida de lo posible, participen en la celebración de las exequias cristianas de las hermanas y compartan la preparación de las mismas con los familiares y las demás personas a ellas allegadas
50. Aunque el Obispo diocesano haya nombrado un Delegado o una Delegada para la atención pastoral del Ordo virginum, sigue siendo de su competencia la decisión final con relación a los actos de mayor importancia como: la admisión a la consagración; la adscripción en el Ordo virginum diocesano de una consagrada que viene de otra Diócesis; la dispensa de las obligaciones de la consagración; la dimisión del Ordo virginum; la definición de las directrices para la formación previa a la consagración y para la formación permanente; la aprobación de las modalidades de funcionamiento del servicio de comunión para el Ordo virginum diocesano; la institución de fundaciones canónicas para el apoyo y la gestión económica de la actividad del Ordo virginum y la posible autorización para pedir que sea reconocido civilmente; el reconocimiento y la aprobación de los estatutos de las asociaciones diocesanas de vírgenes consagradas, como también la eventual autorización para pedir el reconocimiento civil.
ETEL–Formación y Vida Religiosa –Curso 2016-17 (2º semestre). Introducción
Experto en Teología de la Vida Religiosa. Instituto Teológico de Vida Religiosa. Escuela Regina Apostolorum



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